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Estatutos Counisangil

COOPERATIVA UNIVERSITARIA DE SAN GIL 
    COUNISANGIL LTDA   


ESTATUTOS

CAPÍTULO I
RAZÓN SOCIAL, DOMICILIO, DURACIÓN



ARTÍCULO 1.  RAZÓN SOCIAL Y NATURALEZA

La Cooperativa Universitaria de San Gil COUNISANGIL LTDA, es un organismo cooperativo de primer grado, perteneciente al sistema de la economía solidaria, sin ánimo de lucro, de responsabilidad limitada, de número de asociados y patrimonio variable e ilimitado y constituida mediante documento privado como persona jurídica de derecho privado, con registro en la Cámara de Comercio 05-500044-21 de junio 7 de 1996.

PARÁGRAFO: Para todos los efectos legales, la Cooperativa Universitaria de San Gil  COUNISANGIL LTDA, podrá identificarse independientemente de su razón social con la sigla COUNISANGIL LTDA.

ARTÍCULO 2.  DOMICILIO

COUNISANGIL LTDA, tendrá su domicilio principal en el Municipio de San Gil, Departamento de Santander, y su ámbito de operaciones comprenderá el territorio de la República de Colombia, pudiendo establecer en el mismo, agencias, oficinas o sucursales, previo el lleno de los requisitos exigidos por la Ley.

ARTÍCULO 3.  DURACIÓN

La duración de COUNISANGIL LTDA, será indefinida.  Sin embargo podrá disolverse y liquidarse cuando se presenten las causales que establecen la legislación  cooperativa de la economía solidaria y los presentes estatutos.


ARTÍCULO 4. 
RESPONSABILIDAD

COUNISANGIL LTDA. Es una empresa cooperativa de responsabilidad limitada y se regirá por la legislación de la economía solidaria, por los estatutos, los reglamentos internos y demás disposiciones legales que le sean aplicables en su calidad de persona jurídica.

CAPÍTULO II
OBJETO SOCIAL, ACUERDO COOPERATIVO,
ACTIVIDADES, SERVICIOS Y PRINCIPIOS


ARTÍCULO 5.  OBJETO SOCIAL Y ACUERDO COOPERATIVO

COUNISANGIL LTDA., tiene como objetivos generales, para el cumplimiento del Acuerdo Cooperativo, propender por el mejoramiento económico y social de sus asociados, mediante la prestación de servicios, por medio de las secciones definidas en el artículo 7.


ARTÍCULO 6.  ACTIVIDADES, SERVICIOS Y OPERACIONES AUTORIZADAS

Para el logro de los objetivos generales y el desarrollo del acuerdo cooperativo,  COUNISANGIL LTDA., ejercerá su actividad como cooperativa de aportes y crédito, con secciones y reglamentos debidamente aprobados; estando autorizada para adelantar exclusivamente las siguientes operaciones:

1)    Otorgar créditos.

2)    Negociar títulos emitidos por terceros distintos a sus gerentes, directores y empleados.

3)    Celebrar contratos de apertura de crédito.

4)    Comprar y vender títulos representativos de obligaciones emitidas por entidades de derecho público de cualquier orden.

5)    Efectuar operaciones de compra de cartera o factoring sobre toda clase de títulos.

6)    Prestar servicios de asistencia técnica, educación, capacitación y solidaridad que en desarrollo de las actividades previstas en los estatutos o por disposición de la Ley Cooperativa pueden desarrollar, directamente o mediante convenios con otras entidades. 

7)    Celebrar convenios dentro de las disposiciones legales para la prestación de otros servicios, especialmente aquellos celebrados con los establecimientos bancarios para el uso de cuentas corrientes.

8)    Las que autorice el Gobierno Nacional.

PARÁGRAFO 1.   COUNISANGIL LTDA,  podrá celebrar todo tipo de operaciones complementarias que tiendan a cumplir el objeto del acuerdo cooperativo, prestando o contratando servicios de solidaridad y educación cooperativa. 

PARÁGRAFO 2.  La Cooperativa puede establecer y organizar las dependencias administrativas y establecimientos que le sean necesarios para el cumplimiento y desarrollo de su objeto social.  Si algunos servicios no puede prestarlos directamente, éstos serán prestados mediante convenios con entidades del mismo sector o actividad.
 

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